sábado, 13 de mayo de 2017

MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA.




A continuación, se mostrarán 4 situaciones de la vida cotidiana del Aprendiz SENA que se presentan frecuentemente en su entorno de formación. A partir de la lectura del Reglamento del Aprendiz, disponible en la sección de Material de Apoyo, usted deberá seleccionar dos de las situaciones expuestas y resolver el problema planteado según los lineamientos indicados en el reglamento.

CASO 2.
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.

De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de  evaluación de las evidencias presentadas:
1.      ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
2.       Analice el caso descrito y proponga una solución.

ANALISIS DEL CASO.

Teniendo en cuenta el reglamento institucional del aprendiz SENA Nicolás se debe amparar en el capítulo 2, articulo 7, ítem 12.

“solicita de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este reglamento.”
Además es de vital importancia para el aprendiz tener en cuenta los ítems 8 y 11 del artículo 7 del mismo capítulo.

8. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.

11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje, y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas cuando éstas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.

Adicional también cuenta con el capítulo VI artículo 15.
“Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva.”

CASO 4.

El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas necesarias.
Las medidas serán: dos por faltas académicas y una por falta disciplinarias. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consisten las faltas académicas y disciplinarias.
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:

1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
 2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y que casos se otorgan.

ANALISIS DEL CASO.

  1.       Según el artículo 27 del reglamento del aprendiz SENA, las medidas formativas son aquellas que se toman hacia un aprendiz por causas de faltas menores, generalmente disciplinarias o de orden académicas, faltas que no incurren en la violentaciòn de los derechos y deberes propios del estudiante.

Estas son:
1.      LLAMADO DE ATENCION VERBAL: es una medida leve que no es tomada como  sanción, es necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones del aprendiz.

2.      PLAN DE MEJORAMIENTO ACADEMICO: es una lista de tareas concertadas entre el instructor y el estudiante con el objetivo de cumplir los logros no alcanzados en la formación normal del aprendiz. La fecha límite para el logro de estos nuevos objetivos en forma de tareas, exámenes, y/o actividades es de un mes a partir de la fecha en que el aprendiz y el instructor firmaron el acuerdo. La decisión final es del equipo de instructores y/o coordinadores de grupo o tutor del grupo designado o el subdirector del área de estudio.

3.      PLAN DE MEJORAMIENTO DISCIPLINARIO: es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social. Consiste en llamado de atención escrito o directamente condicionamiento de matrícula. Es firmado por el aprendiz y debe estar explicita la falta cometida y las evidencias en el cambio de comportamiento que se esperan en el aprendiz. El periodo de suspensión es igual al del pan de mejoramiento académico (1 mes máximo).

2.       Según el artículo 28 tenemos como sanciones las siguientes:

Ø  LLAMADO DE ATENCIÓN ESCRITO: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.

Ø  CONDICIONAMIENTO DE LA MATRICULA: se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, luego de agotar los anteriores recursos para su mejoramiento. En el condicionamiento de matrícula no posee estímulos ni incentivos si los estaba recibiendo anteriormente. Y queda bajo observación por el subdirector del centro respectivo.

Ø  CANCELACION DE MATRICULA: cuando persiste en el aprendiz las causales que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas graves, el sujeto pierde su condición de aprendiz y no puede participar en procesos de ingreso a la institución a nivel nacional de 6 a 12 meses por faltas academias, y entre 12 y 24 meses por faltas disciplinarias.

  1. 3.   ESTIMULOS O INSENTIVOS.

Ø  Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.
Ø  Ser postulado para realizar pasantías o intercambio nacional e internacional.


MAYETSI MERCADO.